DOGVILLE

Dogville
Lars von Trier, 2003

Es evidente que la sorprendente película de von Trier no se desarrolla en ninguna obra real construida ni tampoco en ninguna otra forma de construcción imaginaria; el decorado desaparece o, mejor dicho, se reduce a la máxima expresión para, paradójicamente, dotarlo de mayor protagonismo. Menos es más.

La película, Dogville (2003), construye una arquitectura de fantasía donde el espacio ocupa el vacío y el espectador establece los propios límites de la arquitectura. La única limitación es el fondo, blanco para las escenas diurnas y negro para las nocturnas. Del mismo modo, los habitantes del pueblo son testigos de todo lo que ocurre a su alrededor pero no ven más allá del camino que llega a Dogville.

Sobre esta base, el director crea una obra magistral de cine-teatral concebida para ahondar en lo más profundo del alma humana, desnuda y sin protecciones.

Grace (Nicole Kidman), huyendo de unos gánster llega a Dogville, un pueblo perdido en el interior de Estados Unidos. Un plano cenital (generado digitalmente) nos describe esta ciudad de un modo sorprendente: casas esbozadas a cada lado de la única calle – calle del olmo - lo reducen a un plano de arquitectura de dos dimensiones cuya cualidad física se reduce a servir de jaula imaginaria para la vida de sus habitantes.
 
Imagen cenital del plano de la ciudad

Tom (Paul Bettany) convence a los habitantes de Dogville para que acojan a la fugitiva a cambio de que la bella Grace trabaje para ellos. Cuando su búsqueda se hace más tensa, la gente del pueblo cree tener derecho a exigirle una compensación por el riesgo que corren al esconderla. Con el tiempo, cuando la ayuda desinteresada inicial se convierte en un abuso enormemente cruel hacia la protagonista, vemos que todo tiene un precio y desembocará de manera irremediable en el final de la ciudad.
 
Imágen de una de las casas de dogville

La primera película de la trilogía “ Estados Unidos: tierra de oportunidades” fue seguida por Manderlay (2005) que, aún sin llegar a la sencillez extrema de su predecesora, está rodada con muy poco decorado, usando sencillamente aquellos objetos imprescindibles para el argumento y sustituyendo paredes y puertas por marcas en el suelo similares a las de tiza. La tercer entrega, Washington está aún por realizar.





VIDEO
RICHARDITO (2011). Dogville – parte 1 (español) [en línea Youtube]. [Fecha de consulta: 25/09/2012]. Disponible en: http://www.youtube.com/watch?v=43Y3ICMy9eg 

FOTOGRAFÍAS
PLANO
 CINETARIO (2012)."Dogville", de Lars Von Trier: "Pueblo espejo del mundo" vs "Fantasía absurda de pizarra” [en línea]. [Fecha de consulta: 25/09/2012]. Disponible en: http://cinetario.blogspot.com.es/2012/03/dogville-de-lars-von-trier-pueblo.html

ESCENA
FILMMAKER MAGAZINE (2012). Exterminating Angel [en línea]. [Fecha de consulta: 25/09/2012]. Disponible en: http://filmmakermagazine.com/issues/winter2004/features/exterminating_angel.php 

CASA SE

PROYECTO DE REFORMA DE VIVIENDA EN ALHAMA DE MURCIA.
Noviembre 2010.

Los propietarios de esta vivienda unifamiliar pretendían renovar parte de su vivienda hacia un estilo contemporáneo. Al mismo tiempo, requerían una reforma de la distribución para que la casa se adaptase a las nuevas necesidades de la familia.
La vivienda, en su estado original, contaba con una amplia cocina -mal distribuída e iluminada- y con un comedor anexo que, al estar separado tando de ella como del salón, quedaba aislada de cualquier función "social" de la casa y por lo tanto no se usaba.
Por otro lado, era necesario vincular el lavadero con el resto de la casa eliminando la necesidad de salir al patio desde la cocina para llegar a él. Además, había que disponer un cuarto para la plancha y zona de armarios para ropa de la casa, cuya situación debería estar próxima al lavadero, creando así una zona de espacios servidores.
Por último, se buscaba que el patio saliera del olvido y se relacionase directamente con la cocina, convirtiéndose en una prolongación de la misma en los meses de buen tiempo.
Diferentes propuestas se concretaron en la definición de una gran cocina-comedor, relacionada con el patio a través de un gran ventanal y vinculada funcionalmente con los espacios servidores (cuarto de plancha y lavadero).
El comedor original se convierte en un dormitorio, gemelo al que está junto a él, iluminado por un ventanal recayente a la calle.
La reforma se centra en los espacios descritos, pero también se acometen cambios de materiales; se sustituyen las puertas clásicas originales de chapa de madera de roble por puertas lisas lacadas en blanco, la puerta doble del salón se elimina dejando un gran hueco que amplía el espacio tanto física como visualmente, la pintura de los revestimientos se actualiza, etc...
Con la intención de focalizar la atención en el nuevo espacio de cocina-comedor, el acceso a la misma se prevé a través de una gran puerta corredera de madera y vidrio a medida, con herrajes especiales que hacen que se deslice fácilmente y se oculte en el tabique.



La puerta de acceso a la vivienda de madera de iroki creada ex profeso colmata el amplio hueco disponible; el vestíbulo queda iluminado por el ventanal superior que preside la doble altura de este espacio.


     

En la cocina se dispone un tabique corredero de vidrio templado como separación con el cuarto de la plancha, para facilitar el paso de la luz y optimizar al máximo la superficie útil.


Los materiales empleados fomentan una imagen de modernidad y funcionalidad muy atractiva, potenciada por el mobiliario y la iluminación, absolutamente integrados en el proyecto. La neutralidad de la madera lacada del equipamiento de cocina y las puertas de paso interiores contrastan con la potencia que adquiere la gran puerta corredera de la cocina y la nueva puerta de acceso a la vivienda, ambas del mismo material.




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Disculpen las molestias
DIAZMORENO ARQUITECTURA

EXPEDIENTES DE LEGALIZACIÓN

La construcción de viviendas y otras edificaciones sin licencia, aún siendo una práctica demasiado habitual, supone una infracción legal y puede derivar en expedientes sancionadores, indemnizaciones y/o multas coercitivas e incluso conllevará la demolición de las obras desarrolladas para volver a la legalidad pre-existente.

En ciertas ocasiones, se podrían legalizar estas construcciones presentando un documento técnico elaborado por un profesional competente – arquitecto  en el cual se acredite que se cumple la normativa vigente y se garantice la legalidad urbanística.

Ilustración expediente de legalización "El lápiz de Maria"

Pero, ¿cómo saber si esto es posible? Muy fácil, mediante la formulación de una sencilla pregunta: ¿Si solicitara licencia para construir este edificio o para hacer trabajos de características análogas en este mismo lugar me la concederían? Si la respuesta es afirmativa, entonces, es posible comenzar la legalización. En el supuesto contrario, salvo en aquellos municipios donde exista una salvedad al respecto incluida en el planeamiento, no se podrá efectuar.

Como ejemplo de esta excepción incluimos la Disposición Transitoria Primera Regularización deViviendas y Actividades del PGMO de Alhama de Murcia (pág. 405 y sig.) y el impreso de Solicitud de Legalización, donde se señala la documentación a entregar.

Podemos diferenciar dos tipos de legalizaciones:
1.    Las que responden única y exclusivamente a criterios urbanísticos y que normalmente se utilizan para inscribir la edificación en el registro de la propiedad, para formalizar una escritura o para gestionar cualquier otro trámite de similares características.
2.    Los expedientes de legalización propiamente dichos y que suponen el inicio de la solicitud de licencia municipal “a posteriori” (una vez concluidas los trabajos). Es decir, es el proceso inverso a la normalidad y a lo legalmente establecido.

En el primer tipo, será suficiente con que el arquitecto redacte un CERTIFICADO DE ESTADO ACTUAL con fotografías actualizadas, en donde se describa la edificación y su estado constructivo, pudiendo aportar, si se requiere, planos de situación, de distribución o incluso de alzados y secciones. Junto con esta documentación se ha de presentar la justificación de los parámetros urbanísticos que rigen en la zona donde se inscribe la parcela objeto del estudio.

Al respecto de lo dicho anteriormente, cabe mencionar que el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España asumió mediante acuerdo (08.063/PO.VI) en el Pleno de 19 de junio de 2008, los criterios interpretativos contenidos en el informe de la Asesoría Jurídica del C.O.A. de León en relación con el CTE y los expedientes de legalización, en el sentido de que siendo la finalidad de éstos el verificar si las obras se ajustan o no al Planeamiento o Normativa Urbanística aplicable en el momento de la solicitud de la legalización, no resulta exigible el cumplimiento del CTE y sus prescripciones técnicas a aquellas que estuvieran concluidas con anterioridad a su entrada en vigor.

Es decir, si únicamente, la documentación presentada tiene como propósito argumentar la legalidad urbanística, no será necesaria la demostración de la normativa técnica vigente.

No será del mismo modo en el segundo supuesto, EXPEDIENTES DE LEGALIZACIÓN, donde sí será necesario aplicar el reglamento técnico. A estos trabajos les afecta, de la misma forma que a las licencias de obra nueva, los criterios de aplicación del Código Técnico de la Edificación, por lo que la fecha de su solicitud será la que determine qué normas se han de aplicar.

En estos momentos, se hace necesario que el arquitecto redacte el trabajo y que sea visado por el Colegio Oficial de Arquitectos en virtud del RD 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. “Art. 2 Visados obligatorios. (…) c) Proyecto de ejecución de edificación y certificado final de obra que, en su caso, deban ser aportados en los procedimientos administrativos de legalización de obras de edificación, de acuerdo con la normativa urbanística aplicable.”

El proceso iniciado con este tipo de documentos es independiente de la posible incoación, instrucción y resolución del procedimiento sancionador derivado de la infracción urbanística.

Normalmente las edificaciones u obras a legalizar llevan finalizadas mucho tiempo y en la mayoría de los ocasiones no cumplen las elevadas exigencias del CTE o de otras normas. El arquitecto deberá demostrar aquellas partes de la normativa que sí cumplen e indicará expresamente las que no lo hacen siendo, en última instancia, el órgano que otorga la licencia el que decidirá si es obligatorio realizar la adecuación del edificio para que se satisfagan la totalidad de las mismas.

La documentación técnica y administrativa que ha de incluir un expediente de legalización, al referirse a una labor ya finalizada, equivale a la que debería contener un proyecto básico y ejecución sin los documentos propios de la dirección de obra (pliego de condiciones, el estudio de seguridad y salud o el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición).

-      Memoria descriptiva, memoria justificativa y memoria constructiva con cuadro de superficies útiles y construidas.
-   Justificación del cumplimiento de normativa, reglamentos y otras disposiciones (Código Técnico de la Edificación, accesibilidad, telecomunicaciones…)
-      Documentación gráfica: Plano de situación, plano de emplazamiento, plano de urbanización, planos de planta, planos de alzados y secciones, planos esquemáticos de estructura y planos esquemáticos de instalaciones.
-      Valoración económica con resumen de presupuestos.
-      Fotografías del estado actual.
-      Certificado técnico de legalización o de reconocimiento (no siempre obligatorio)

Es importante señalar que si las actuaciones no están totalmente finalizadas, el expediente debe plantearse como “Legalización de obras ejecutadas y proyecto básico y de ejecución de terminación”. En estos casos, será necesario diferenciar claramente las partes concluidas de aquellas que se encuentran pendientes de terminar y presentar la documentación completa correspondiente a un Proyecto básico y de ejecución para estas últimas.

Los honorarios profesionales que corresponden al servicio de redacción de expedientes de legalización son similares a los estipulados para la elaboración de un proyecto de nueva planta, puesto que la responsabilidad que adquiere el arquitecto es idéntica a estos últimos. Éste será el único coste junto con el importe que devengue la solicitud de licencia municipal (no incluimos las posibles multas o sanciones impuestas ajenas al trámite normal).

Una vez legalizada la construcción el propietario tendrá la obligación de pagar los impuestos municipales que correspondan y serán efectivos todos los derechos inherentes a la condición legal de la construcción (red de agua, alcantarillado, aceras, basuras…)

En resumen, desde el punto de vista urbanístico será suficiente con reconocer la existencia de una edificación “no legal” pero que cumple todos los parámetros establecidos en el planeamiento municipal correspondiente, mientras que el expediente de legalización se ha de incluir, además, una justificación técnica.

Imagen del texto realizada por María Blasco de El Lápiz de María (www.ellapizdemaria.com)

Home made home

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Goofy nos enseña que no es todo tan fácil como uno piensa, aunque también nos ayuda a pasar un buen rato. ¿Quién no ha visto este video donde el famoso personaje de Disney intenta construir su vivienda? A pesar de la lucha continua con los planos, la manguera de pintura y los vidrios de las ventanas el resultado no es del todo malo, ¿no? ¡Hasta tiene su felpudo en la puerta de entrada!

KINNEY, JACK (1951). Home made home [en línea Youtube]. [Fecha de consulta: 03/09/2012].
Disponible en: http://www.youtube.com/v/NIrdPSRP1us&fs=1&source=uds

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